25.04.2024

Actualización Página Web de APLIFISA

Con fecha de hoy se han actualizado las siguientes aplicaciones en nuestra página Web (www.aplifisa.com):

- Renta 2.023 (de fecha 25/04/2024) Novedades más importantes:

    • Se suprime mensaje de atención “no se puede introducir el nif del cónyuge”, en el apartado de bienes inmuebles, desglosando los gastos de conservación y reparación 2023.
    • Se elimina error de validación en las deducciones pendientes de aplicación de ejercicios anteriores correspondientes a la marca 8 por obras de mejora energética de viviendas.
    • Atribución de rentas: Se corrige error de validación y cálculo de los G.D. justificación, limitándolo a 2000 euros tal y como establece la ley en las actividades económicas correspondientes a E.D. Simplificada.
    • Se corrige error detectado en el programa cuando el declarante y el cónyuge tienen indicado distintas CCAA.
    • Subsanación de errores de validación en las siguientes CCAA:
      • Baleares: Deducción autonómica por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación.
      • Asturias:
        • Deducción autonómica por cuidado de descendientes menores de 25 años.
        • Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
        • Deducción autonómica por familia numerosa con la condición de: Familia constituida por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes.
      • Andalucía:
        • Deducción autonómica por nacimiento o adopción.
        • Deducción autonómica por familia monoparental.
      • Valencia:
        • Deducción autonómica por cantidades satisfechas en gastos a la práctica del deporte y actividades saludables.
        • Modificación en el literal de las categorías de la deducción autonómica por familia numerosa o monoparental (familia numerosa o monoparental de categoría general; familia numerosa o monoparental de categoría especial)
        • Deducción autonómica por nacimiento o adopción.
        • Deducción autonómica por nacimiento o adopción y deducción por parto múltiple: se aplica el íntegro a uno de los progenitores cuando uno de ellos se pasa del límite establecido para poderse aplicar la deducción (se controla por la lectura de las bases liquidables generales y del ahorro).
      • Aragón: Deducción autonómica por nacimiento o adopción del primero y/ o segundo hijo en poblaciones con menos de 10000 habitantes.
      • Madrid: Deducción autonómica por nacimiento. Descendientes con fecha de nacimiento 2022.
      • Castilla y León:
        • Bono familia de la Junta de CYL. Se añade una nueva deducción (marca 35) llamada “Bono familia junta CYL- Deducción por nacimiento o adopción. Si se marca el check de haber percibido el Bono, se dejará de aplicar la deducción autonómica por nacimiento.
        • Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
        • Deducción autonómica por donaciones a fundaciones de Castilla y León.
      • Murcia: Deducción autonómica por madre trabajadora cuando se tiene reflejado más de un descendiente con derecho. Es necesario indicar solamente un registro marca 33 de deducción autonómica y el programa aplica el importe que corresponda.
      • La Rioja: Deducción autonómica para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva.
      • Extremadura: Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual. Se incluye nuevo campo “Nº personas con derecho” para repartir el límite de la deducción entre las personas con derecho.
      • Cantabria: Deducción autonómica por obras de mejora de vivienda pendientes de ejercicios anteriores.
    • Se subsana error de validación y cálculo en EDS cuanto tiene la reducción por inicio de actividad.
    • Orden HAC/348/2024, de 17 de abril, por la que se modifican para el período impositivo 2023 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
      • Se añaden nuevos índices aplicables, tal y como se indica en el Anexo de la orden.
      • Nuevo % de la Reducción carácter general del 15%.
    • Limitación en tipo de tributación CONJUNTA. Se habilitará la columna de “Conjunta” en Visualizar-grabar cuando exista más de un miembro que forme parte de la unidad familiar. Si no es así, no permitirá validar ni presentar con ese tipo de tributación.
    • Se permite forma alternativa de validación en los parametros de la aplicación para los sistemas operativos antiguos.
    • Impuesto sobre el Patrimonio
      • Extremadura: se subsana error de cálculo en la bonificación autonómica, aplicando el 100% de bonificación tanto en el declarante como en el cónyuge.