16.04.2024

Actualización Página Web de APLIFISA

Con fecha de hoy se han actualizado las siguientes aplicaciones en nuestra página Web (www.aplifisa.com):

- Renta 2.023 (de fecha 16/04/2024) Novedades más importantes:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
    • Subsanación de errores de validación en las siguientes deducciones autonómicas:
      • Andalucía: Deducción autonómica por nacimiento, adopción o acogimiento.
      • Galicia:
        • Deducción autonómica para familias con 2 hijos e hijas.
        • Deducción autonómica por familia numerosa.
      • Castilla y León: deducción autonómica por cuidado de hijos menores.
      • La Rioja: Deducción autonómica para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva.
      • Asturias:
        • Deducción autonómica por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad cuando existe más de un descendiente. Debe darse de alta un registro por cada descendiente al que se tenga derecho a la deducción.
        • Deducción autonómica por familia monoparental.
        • Deducción autonómica para familias numerosas.
        • Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
      • Madrid:
        • Deducción autonómica por gastos educativos.
        • Deducción autonómica por familia numerosa.
        • Deducción autonómica por pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años.
        • Deducción autonómica por nacimiento con descendientes nacidos en el 2022 y 2021.
        • Deducción autonómica por gastos derivados del arrendamiento de viviendas.
      • Comunidad Valencia:
        • Deducción autonómica por gastos de salud.
        • Deducción autonómica por nacimiento y adopción múltiples.
        • Deducción autonómica por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables.
        • Deducción autonómica por conciliación de vida familiar. Se incluye dentro de la propia marca un botón para indicar los meses en los que la madre ha trabajador por cuenta propia o ajena.
        • Deducción autonómica por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyente de igual o inferior a 35 años.
        • Deducción autonómica por contribuyentes con dos o más descendientes.
        • Deducción autonómica por Cantidades invertidas a partir de 2023 en instalaciones de autoconsumo o de generación de energía eléctrica o térmica a través de fuentes renovables.
        • Deducción autonómica por adquisición de material escolar.
      • Murcia: Deducción autonómica para mujeres trabajadoras.
      • Extremadura: Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual, siempre que haya tenido su residencia habitual en un municipio o entidad local menor de Extremadura con población inferior a 3000 habitantes.
      • Canarias: Deducción autonómica por alza de precios.
    • Se subsanan errores de validación en rendimientos netos procedentes de bienes inmuebles.
    • Eliminación de error de validación en marca 10, apartado “estatales” cuando se cumplimentan dos NIF´s de empleadores diferenciados.
    • Se corrige error de validación en inversiones empresariales:
      • Por dotaciones a la reserva para inversiones en Canarias (Ley 19/1994) e inversiones anticipadas de futuras dotaciones a la RIC efectuadas en 2023.
      • Por adquisición de activos fijos en Canarias 2023 y ejercicios anteriores.
    • Modificación en el literal del apartado GyP patrimoniales (Reinversión por renta vitalicia) a Importe que el contribuyente se compromete a reinvertir en 2024, en los 6 meses siguientes a la transmisión".
    • Se añade al cálculo de los intereses de demora del incremento de cuotas líquidas por pérdida del derecho a determinadas deducciones de ejercicios anteriores, el año 2024 con el nuevo tipo vigente según las instrucciones de la aeat, corrigiendo así errores de validación de fichero XML.
    • Subsanación de error de validación y cumplimentación en las declaraciones complementarias.
    • Actividades económicas: Rendimientos de actividades agrícolas, ganadería y forestales en estimación objetiva.
      • Se añaden dos nuevas marcas “Sólo subvenciones PAC” e “Ingresos excl. PAC < 25% del total”. En la parte derecha de cada una de ellas, se ha incluido una ayuda donde se podrá ver en qué casos se deben de marcar y en qué momento se aplica.
        • Nota: no pueden ser simultáneas, solo permitirá marcar una de ellas.
        • Se incluyen mensajes/ avisos en la grabación de las actividades y en la salida del apartado con información acerca del nuevo cálculo del 25% del total de ingresos respecto a las subvenciones.
      • En el asistente de alta del producto, se cambia el literal a subvenciones (solo PAC), para rellenar el importe que corresponda a las ayudas de la PAC. No obstante, si se quiere diferenciar lo que corresponde a ingresos y a subvenciones dentro del registro del producto, se podrá separar tal y como se ha estado cumplimentando hasta ahora.
    • Se incluye en los parámetros de la aplicación opción externa de captura de datos fiscales para los problemas ocasionados por sistemas operativos antiguos.