En primer lugar destacamos que tanto la Agencia Tributaria como Aplifisa DESACONSEJAMOS la presentación de declaraciones con compensación entre cónyuges. Si se gira una liquidación a la declaración con derecho a devolución, la administración puede sancionar ambas declaraciones. Además es probable que la devolución llegue al contribuyente antes de que la positiva tenga que ser pagada si se presentan sin compensar, y en el caso en que el resultado final sea importe a devolver, dicha devolución se suele demorar hasta el final del año o más allá.
La declaración se confecciona igual. Para presentarla tiene que pulsar el botón Separada y marcar el check “Se compensan las cuotas diferenciales”.
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