Debido a la situación tan anormal que estamos atravesando, la Agencia Tributaria decide ampliar el plazo de determinadas liquidaciones trimestrales, siempre que el volumen de operaciones, a efectos de IVA, no hayan superado los 600.000 Euros, en el ejercicio 2019. Y así lo regula en el Real Decreto -Ley 14/2020 publicado en el BOE de hoy.