Fraud Blocker
Identidad digital
22/02/2021

La farragosa Identidad Digital

Antes, cuando acudíamos a una oficina de la Administración para realizar cualquier trámite, lo normal era que el funcionario o funcionaria de turno nos pidiera que mostráramos el DNI para identificarnos. Incluso ¡cuántas veces habréis tenido que salir al local más cercano para hacer una fotocopia del DNI y dejársela! Y para cada trámite, una nueva fotocopia… El mecanismo era simple, llevar siempre el DNI en la “carterita” y alguna fotocopia, por si acaso.

Pero ahora, y más en época de pandemia, nos encontramos en la situación de que en muchas ocasiones solo podemos realizar los trámites administrativos a través de Internet con nuestra identidad digital. Y surge el gran problema:

 

¿Qué es la identidad digital y cómo identificarnos ante la Administración electrónica?

Estamos hablando de los mecanismos que puede utilizar cualquier ciudadano para identificarse cuando acude a una oficina electrónica de la Administración, ya sea estatal, autonómica o local. Porque ahora, al otro lado no hay un señor o señora que coja nuestro DNI y nos analice de arriba a abajo para ver si efectivamente somos nosotros.

Se supone que debemos aprovechar los avances tecnológicos para simplificar tareas, pero ¿realmente lo estamos haciendo bien? Analicemos los principales métodos para verificar nuestra identidad digital, que están utilizando nuestras Administraciones:

  1. Los certificados electrónicos de firma electrónica avanzada constituyen el mecanismo más seguro de identidad digital. Cada Administración puede decidir qué certificados electrónicos admite para la identidad digital de los ciudadanos. Este es uno de los mayores problemas que tenemos en la actualidad, porque con tantas Administraciones públicas no ha sido posible todavía que se pongan de acuerdo para unificar este criterio. El más utilizado (gratuito para los ciudadanos) es el que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a través de su departamento CERES: http://www.cert.fnmt.es/.
  2. El DNI electrónico. Podemos resumir diciendo que se trata de un certificado electrónico instalado en el chip que lleva insertado el propio DNI para verificar nuestra identidad digital. A mi modesto entender ha resultado un fracaso de la Administración electrónica, al menos hasta ahora. Muy poca gente lo utiliza porque además requiere que el ciudadano disponga de un lector de este tipo de tarjetas.
  3. Sistemas de claves concertadas en un registro previo o por aportación de información conocida por ambas partes. Volvemos al mismo problema de que el conglomerado de Administraciones no hayan sido capaces de ponerse de acuerdo para unificar este criterio. El más conocido es el sistema Cl@ve con sus dos variantes: Cl@ve PIN, utilizado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Cl@ve permanente que utiliza mayoritariamente la Seguridad Social. El primero se basa en el uso de un código elegido por el ciudadano y un PIN asociado a dicho código que es comunicado al teléfono del ciudadano mediante un SMS, o bien a través de la app denominada Cl@ve PIN. El segundo se basa en el uso de un código de usuario, que es el DNI o NIE del ciudadano más una contraseña que se establece en el momento de la activación y solo es conocida por este. El sistema de Cl@ve permanente, en determinados trámites, refuerza la seguridad con la introducción de un código numérico de un solo uso (similar al PIN) que el ciudadano recibe en su teléfono a través de un SMS. Podéis ampliar información en https://clave.gob.es.

 

Y ahora, mi análisis sobre la identidad digital:

El certificado electrónico es el que os va a permitir realizar todos o casi todos los trámites ante cualquiera de nuestras desgraciadamente múltiples, heterogéneas y descoordinadas Administraciones electrónicas. Presenta dos grandes inconvenientes, el primero es que para obtenerlo, necesariamente hay que personarse en una oficina de la Administración para acreditar nuestra identidad digital, algo por otra parte lógico, pues se trata de evitar que alguien pudiera suplantarla. El segundo inconveniente es que se instala en el dispositivo desde el que va a ser utilizado, por lo que puede ocurrir que no siempre lo tengamos a mano cuando más lo necesitamos. Convendría tener una copia protegida en “la nube” o en nuestro Smartphone. También podríamos llevarlo en alguna tarjeta criptográfica en nuestra cartera, al igual que el DNI electrónico, pero en este caso cuando queramos hacer uso del mismo vamos a necesitar de un lector de tarjetas, lo cual puede representar un inconveniente más complejo que la propia ventaja.

Lo del sistema Cl@ve es más peliagudo. Su mayor ventaja es que lo podemos utilizar desde cualquier dispositivo y en cualquier momento, pues basta con recordar nuestra contraseña y llevar el teléfono encima para recibir el PIN. ¿Quién no lo lleva hoy en día…? Su mayor inconveniente es que no sirve para cualquier trámite y menos para cualquier Administración, con el agravante de que en función de la forma en que te registras tiene mayor o menor funcionalidad.

Si te registras de forma presencial o con certificado electrónico, vas a conseguir el nivel de seguridad más alto, que te permite realizar mayor número de trámites, aunque no llega ni de lejos a la plenitud del certificado electrónico. Recientemente se ha puesto en servicio el registro mediante videollamada, que te evita el personarte en una oficina, pero con el cual no consigues el nivel de seguridad alto, con lo que verás menguado el número de trámites que puedes realizar, y posiblemente no cubra tus expectativas. Este sistema reemplaza con éxito al de registro mediante carta de invitación, que muchos ciudadanos no llegan a recibir, pues precisamente lo que necesitan es modificar su domicilio ante la Administración.

 

El registro en Cl@ve (o identidad digital) implica los siguientes pasos:

  1. Acreditar nuestra identidad digital ante una oficina de la Administración, bien de forma presencial o a través de videollamada y registrar nuestro número de teléfono y correo electrónico.
  2. Obtener un código de activación para poder establecer la Cl@ve permanente.
  3. Activar la Cl@ve permanente, estableciendo una contraseña.

Para terminar, mi recomendación es que obtengas tu certificado electrónico en la FNMT, aunque necesites personarte en una oficina de la Administración para tenerlo. Eso sí, hazte copia de seguridad del mismo y mantenla a buen recaudo (en algún disco extraíble o pincho). Una vez que tengas el certificado, regístrate en Cl@ve Pin en la Agencia Tributaria, haciendo uso del certificado electrónico no necesitas personarte ni hacer videollamada. Y por último activa tu Cl@ve permanente también haciendo uso del certificado electrónico para verificar tu identidad digital. Así, cuando estés en casa podrás hacer prácticamente la totalidad de los trámites con el certificado electrónico y cuando salgas fuera, si te surge una urgencia, tal vez puedas solucionarla con el uso del sistema Cl@ve.

Y hasta aquí cómo reconocer nuestra identidad digital ante la Administración electrónica, pero ¿y si tenemos que firmar algo? ¡Ufff! Otro día os lo cuento…

José Manuel Mateos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nosotros
te llamamos
+