Hace unos días, comenzamos con el SII, trayendo consigo gran cantidad de dudas. A continuación, aclararemos las más comunes.
El Suministro Inmediato de Información, es el nuevo sistema de llevanza de los libros registro del IVA, a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Se deberán informar, de forma cuasi inmediata, los registros de facturación.
Están obligados los siguientes sujetos pasivos:
También, pueden acogerse a la nueva gestión del IVA de forma voluntaria, el resto de sujetos pasivos. Tan solo deberán indicarlo en la declaración 036 en el mes de noviembre anterior al año en el que vaya a surtir efecto. Pero, deberán tener en cuenta, que el periodo mínimo de permanencia en el SII para estos sujetos es del año natural para el que se opte. Transcurrido el periodo mínimo, si desean renunciar al mismo, deberán reflejarlo de nuevo en la declaración censal (modelo 036) en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto.
Es IMPORTANTE destacar que NO se tienen que enviar las facturas. Lo que hay que enviar, son los campos de los registros de facturación que se concretan en la Orden Ministerial HFP/417/2017, de 12 de mayo, respecto de la información a que se refiere el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre.
Es decir, únicamente se tienen que informar los detalles de los registros de facturación de los siguientes Libros Registro:
– PLAZOS ESPECIALES EN EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2017: del 1 de julio del 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, el plazo de 4 días se amplía a 8 días naturales.
– DÍAS NATURALES: se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales. En el caso de que la fecha límite del 15 del mes siguiente sea sábado, domingo o festivo nacional, se trasladará al primer día hábil siguiente.
– CÁLCULO DE PLAZOS: la AEAT ha puesto a nuestra disposición una calculadora de plazos muy útil, donde, indicando una serie de datos y fechas, te indicará el plazo límite para la remisión del registro de la factura informada.
Todos los sujetos que apliquen la nueva llevanza de libros desde el 1 de julio de 2017 (excluidos los inscritos en el REDEME), están obligados a remitir los registros de facturación del primer semestre de 2017. La fecha de remisión de los registros es entre el 1 de julio y 31 de diciembre de 2017.
Como no hay mucho más plazo, diariamente o cada 2 ó 3 días, deberás informar de todo lo anteriormente mencionado de forma telemática.
En el siguiente vídeo, puedes ver los procesos que deberás seguir para cumplir con la nueva gestión del IVA. Es una breve explicación de cómo se haría, por ejemplo, con los programas Gestión Fiscal, FactuGes y Contabilidad de Aplifisa.
La nueva gestión del IVA con el SII, trae consigo una serie de ventajas:
* Les recordamos que aún deben presentar el modelo 340 correspondiente al mes de junio durante el mes de julio, en los términos y plazos habituales.
Por último, para que no quede ninguna duda al respecto, os dejamos un vídeo explicativo y una serie de enlaces que aclaran el nuevo sistema:
Adicionalmente, la Agencia Tributaria, está a vuestra disposición para informaros sobre cualquier duda particular que tengáis. Podéis poneros en contacto con ellos en los teléfonos: 901335533 ó 915548770.
Sin duda, un gran cambio en la gestión del IVA, al que iremos adaptándonos todos poco a poco hasta que nos resulte, incluso más sencillo, de lo que hemos tenido hasta ahora.
Beatriz Matilla.
Esta genial el aporte. Saludos.
¡Muchas gracias Alba! Un saludo.