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30 campañas de Renta con Aplifisa

Programa de Renta de Aplifisa en MS-DOS (1994)
Aplifisa · 05/04/2017

Hace 30 años comenzamos a desarrollar nuestra primera aplicación: El programa RENTA-86, y con él la empresa en sí, aunque por aquellos entonces aún no estaba constituida como sociedad limitada, sino como una agrupación de profesionales con mucha ilusión y ganas de trabajar.

Como digo, un día tal como hoy, 6 de abril del año 1987, comenzamos a analizar diseñar y programar el que fue nuestro primer programa de gestión, ya apurados por los plazos, pues el inicio de la presentación de declaraciones era el día 1 de mayo.

El cálculo del Impuesto sobre la Renta de 1986, en comparación con el de esta campaña 2016, era considerablemente más simple, y la estructura y contenido de la declaración claramente diferente a la actual. ¿Alguien recuerda las características?

Voy a hacer un repaso de las peculiaridades de la renta de aquél ejercicio en el que solamente cinco de nuestros clientes tuvieron el privilegio de contar con el programa RENTA-86 de lo que ahora es Aplifisa:

En primer lugar, no estaban obligados a declarar aquellos sujetos pasivos o unidades familiares que obtuvieran ingresos brutos inferiores a 500.000 Ptas. (3.005 €), aunque podrían presentar declaración los que acreditaran derecho a devolución por retenciones practicadas o pagos fraccionados abonados.

Existían dos modelos de declaración: Un modelo ordinario, que constaba de una carátula, 10 páginas y el documento de ingreso o devolución,  y otro simplificado que podían utilizar los contribuyentes cuyas rentas procedieran exclusivamente del trabajo personal, de viviendas en propiedad que no excedieran de tres, de valores mobiliarios que no excedieran de 500.000 Ptas. (3.005€), de actividades empresariales en Estimación Objetiva Simplificada, o de pensiones por alimentos, y que solamente constaba de una carátula, 3 páginas interiores y el documento de ingreso o devolución.

La declaración tenía que hacerla conjuntamente toda la unidad familiar, sin posibilidad de realizar declaración individual o declaración conjunta como en el presente ejercicio, pues se acumulaban las rentas de todos los miembros para determinar el importe del impuesto, sin que existiera ningún coeficiente atenuador en función del número de personas que formaran parte de esa unidad familiar, y era necesario adherir fotocopias de los DNI del declarante y del cónyuge en la primera página de la declaración en caso de que no se dispusiera de etiquetas identificativas.

Por aquél entonces no había renta general ni renta del ahorro. Toda la renta se acumulaba para aplicar el tipo impositivo, independientemente de su procedencia.

Tampoco existía escala estatal y autonómica, pues el tributo no estaba cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas, pero en contra, había dos escalas, una general (con 34 tramos en comparación con los 5 existentes en la actualidad) y otra simplificada, que podría ser aplicada por los declarantes del modelo simplificado que hubieran obtenido unas rentas iguales o inferiores a 1.590.000 Ptas. (9.556€) y que se determinaba directamente a partir de la base, aplicando un listado de más de una página que aparecía en las hojas de instrucciones del modelo.

Derivado del hecho de que no se encontraba transferido el impuesto, no existían las deducciones autonómicas, y en cuanto a deducciones estatales, solamente existían media docena de posibles deducciones: Deducción por gastos de enfermedad, por seguros de vida, por adquisición de vivienda, por inversiones en valores mobiliarios, en bienes de interés cultural o en actividades empresariales, y por donativos.

Programa de Renta de Aplifisa en MS-DOS (1994)
Programa de Renta de Aplifisa en MS-DOS (1994)

 

En cuanto al plazo de presentación de las declaraciones, comenzó el día 1 de mayo de 1987 (festivo, por cierto) y acabó el 20 de junio para las declaraciones positivas,  disponiendo de plazo hasta el 30 de Junio para las que tuvieran resultado a devolver.

También existía la posibilidad de fraccionar el pago, de forma similar al procedimiento y plazos actuales.

Para realizar la presentación de la declaración no existía otra vía que la presentación en papel, y nosotros adaptamos el programa para que pudiera imprimir las declaraciones en papel continuo. ¿Os acordáis de cómo funcionaban las impresoras matriciales con ese papel? Había que comenzar adquiriendo las cajas de impresos de papel continuo, con un coste elevado para aquellas épocas, y con un riesgo importante de estropear formularios debido a que el proceso tenía que imprimir ininterrumpidamente toda la declaración, e incluso varias declaraciones seguidas.

Como había dos tipos de formularios (simplificado y ordinario), había que cambiar el formulario cada vez que se deseaba imprimir una declaración de cada tipo.

Incluso recuerdo que algún cliente utilizaba el programa para calcular la declaración, lo imprimía en papel continuo blanco y después lo mecanografiaba en los formularios que se adquirían en sobres en las oficinas de Hacienda (no existía la Agencia Tributaria aún). Posteriormente los clientes nos pidieron que pudiera imprimir nuestro programa en hojas sueltas, … y por supuesto, así lo hicimos.

En 1987 tampoco había servicios de ayuda (plataformas) de Hacienda para confeccionar las declaraciones de la Renta, ni programa de ayuda (el Padre aún no había visto la luz).

Aquellos asesores que disponían de un ordenador personal (en ese momento comenzaba la expansión del PC con el Sistema Operativo MS-DOS ver 1.2 en plataformas con microprocesadores Intel 80086) podían considerarse privilegiados, pues la inversión que debían acometer ascendía a medio millón de pesetas (hablamos de 3.000 € de aquella época para adquirir un ordenador con una potencia inferior a la que hoy día llevamos en cualquier teléfono móvil por económico y básico que sea).

Hoy tenemos más de 2.000 profesionales que utilizan nuestro software para realizar las declaraciones de renta de sus clientes, en un entorno amigable, con la posibilidad de presentar telemáticamente las declaraciones, con la facilidad de incorporar automáticamente -casi- los datos fiscales, con la incorporación de datos desde otras aplicaciones, y pudiendo ofrecer a los clientes vías telemáticas para entregarles su declaración elaborada y presentada.

¡Cuánto han cambiado las cosas en estos 30 años!, y a pesar de ello, cómo nos sigue agobiando cada campaña.

Feliz aniversario, y deseamos estar a vuestro lado otros treinta años más… al menos.

Luis Arrieta.

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