En caso de que la aportación sea inferior a 2000€, el resultado de la liquidación puede mantenerse cambiando, en las aportaciones que no pueden ser reducidas, la marca 10 por marca 14 (del otro cónyuge). En los casos en que el resultado difiera y hayan sido ya presentadas, se puede hacer declaración complementaria o presentar escrito solicitando la baja de las declaraciones presentadas y realizando nuevas presentaciones.
El Catastro no dispone de esta información, puesto que las competencias son asumidas por las Diputaciones Forales. En esos casos, deje sin contenido esta casilla.
En familias monoparentales siempre hay que reflejar la vinculación para los descendientes y otros miembros de la unidad familiar
La deducción por maternidad de la mujer trabajadora se captura en el apartado de Deducciones Estatales (marca 8). Debe introducir el rango de fechas del ejercicio entre las que la mujer ha trabajado y el hijo(a) ha tenido menos de tres años. También debe introducir el importe anticipado y la cuantía de cotizaciones a la Seguridad Social (correspondientes a empresa y trabajador). Recuerde que en el mes en que se dejan de cumplir las condiciones, no se abona deducción.
Sí. Este año debe reflejar la Referencia Catastral de todos los inmuebles urbanos de los que sea titular, así como de su vivienda habitual, aún en el caso de que no sea de su propiedad. Para ello, debe acceder a la pantalla de captura de rendimientos del capital inmobiliario. En el caso de la vivienda habitual alquilada, seleccione en el campo “Titularidad” la opción “En arrendamiento”.
Seleccione en la pantalla de datos identificativos la casilla de Complementaria del ejercicio. Modifique los datos necesarios. Imprima o genere el fichero de presentación telemática. Comprobará que se ha realizado la declaración complementaria porque se encuentra marcada la casilla “Complementaria” en la página 1.
Debe configurar una resolución mas baja para su impresora. Debera configurarla a 300 PPP en lugar de a 600 PPP. (Inicio, configuración, impresoras, seleccionamos la impresora, pulsamos con el botón derecho, propiedades).
Probablemente no haya configurado la ruta de acceso a los datos del ejercicio anterior. Vaya al menú Herramientas, personalizar aplicación, y configure la ruta del ejercicio anterior.
No deducen, pero se someten a gravamen por separado.
Meter el apunte en valor de transmisión, con la fecha, no poner nada en adquisición y fecha, e imputarlo manualmente o a la base imponible general o especial.
En deducciones de ejercicios anteriores y resto con la marca 18
Para las actividades de entidades en atribución de rentas sólo recupera datos del modelo 184.
Estos datos se tienen que rellenar en el apartado “Atribución de rentas”. Aunque informa del porcentaje de participación, se deben introducir los rendimientos sólo atribuidos al comunero.
En este caso la fecha de adquisición de la vivienda es del 12/02/2002.
Hay que hacerlo en dos apuntes. 1º amortización e intereses de 12/02/2002 a 11/02/2004. 2º amortización e intereses 12/02/2002 a 31/12/2004
Desde el ejercicio actual, en el menu Herramientas (Paso de datos del ejercicio anterior) seleccione la carpeta donde esta instalada la Renta del ejercicio anterior, pulse el botón seleccionar, seleccione los declarantes que quiera incorporar, y pulse el botón recuperar.
La mayoría de las opciones permiten introducir el porcentaje de participación en los rendimientos capturados. Así, por ejemplo, para capturar los intereses reflejados en un certificado bancario correspondiente al declarante y a otro familiar de otra unidad familiar distinta, pueden capturarse íntegramente y definir en porcentaje de participación el 50%.
El NIF del declarante no puede ser modificado en el apartado de captura de datos identificativos, a diferencia del resto de los NIF de cónyuge y miembros de la unidad familiar. En este caso, por tratarse de un campo clave en la gestión de los datos, se ha de modificar mediante un procedimiento especial. El apartado Modificación de NIF dispuesto en el menú Herramientas permite sustituir el NIF del declarante.
Para realizar una declaración complementaria se requiere tener grabada previamente la declaración original. Para realizar la declaración complementaria, debe acceder a Datos Identificativos y activar la casilla que corresponda en función de que sea complementaria del ejercicio o complementaria por abono de atrasos. Seguidamente ha de introducir los nuevos rendimientos, retenciones, gastos y deducciones que no había reflejado en la declaración original. Por último ha de grabar e imprimir la declaración.
En primer lugar se ha de capturar la ganancia o pérdida patrimonial. A continuación, ha de acceder al apartado de “Reinversión por enajenación” para determinar la ganancia patrimonial (si la hay) exenta por reinversión. Por último, en caso de haber ganancia patrimonial exenta por reinversión, ha de volver al apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales para capturar el importe de la ganancia patrimonial exenta por reinversión.
el campo titulado MARCA es un dato variable para cada pantalla de captura de datos, que permite indicar el tipo de rendimientos, deducciones o bienes que se capturan en cada momento. Por ejemplo: En la pantalla de captura de rendimientos de capital mobiliario, se permite la captura de dividendos, intereses, rendimientos de letras del tesoro, de seguros de vida o irregulares entre otros. Para poder indicar el tipo de rendimiento que se está introduciendo, se utiliza el campo MARCA. Mediante este campo, la aplicación configura los datos que se han de introducir. Por ejemplo: si en el apartado de deducciones introducimos una con MARCA “4” (donativos) el interface de captura solicitará los datos Tipo, Importe del donativo y Porcentaje de deducción, mientras que si introducimos MARCA “3” (deducción por alquileres anteriores al 24-Abril-1998), los datos solicitados serán Importe del alquiler y NIF del arrendador.
El campo Vinculación que se encuentra definido en la pantalla de captura de datos identificativos (otros miembros de la unidad familiar) sirve para determinar el parentesco de los ascendientes. En la captura de ascendientes, en este campo se ha de introducir un “1” si se trata de un ascendiente directo del titular, o un “2” cuando se trate de un ascendiente directo del cónyuge.
Este campo se utiliza para prorratear las reducciones por ascendientes. Por regla general no se ha de introducir contenido en este campo salvo en lo siguientes casos: Ascendientes: Se introducirá el número de unidades familiares con las que el ascendiente haya convivido durante el ejercicio fiscal, cuando se trate de ascendientes que hayan convivido con más de una unidad familiar o persona, y éstos tengan derecho a reducción proporcional. Descendientes: Se introducirá como contenido un “3” cuando se trate de hijos monoparentales en la unidad familiar, y el declarante o cónyuge no tenga derecho a reducción por unidad familiar monoparental por ser pareja de hecho.
En el menú Herramientas, la opción Personalizar la aplicación permite parametrizar, entre otros valores, el código de Comunidad Autónoma que se asignará automáticamente a todas las declaraciones que se den de alta. Puede configurar este dato introduciendo el código de su autonomía para que al añadir declaraciones sea el propuesto por defecto. En todo caso, puede ser cambiado en cada declaración dentro del apartado Datos Identificativos.
En el menú Herramientas, la opción Personalizar la aplicación permite parametrizar, entre otros valores, el código de Administración de Hacienda que se asignará automáticamente a todas las declaraciones que se den de alta por defecto. Cuendo sus clientes pertenezcan a diversas Administraciones de Hacienda, puede asignar uno por defecto y modificar cuando corresponda el este dato introduciendo el código de la Administración de Hacienda al añadir declaraciones o modificarlas dentro del apartado Datos Identificativos.
el campo titulado TIPO es un dato fijo para todas las pantallas de captura de datos, que permite indicar el miembro de la unidad familiar al que se deben imputar los rendimientos, deducciones o bienes. En todos los apartados, los valores del campo TIPO pueden ser: 1. Declarante 2. Cónyuge. 3. Ambos (salvo en Rendimientos del Trabajo). En declaraciones con un solo miembro de la unidad familiar, el tipo propuesto por defecto es “1”. En el caso de Rendimientos del Trabajo se permite introducir TIPO 3, 4, 5, 6 para rendimientos obtenidos por hijos miembros de la unidad familiar. Cuando desee introducir un dato sin que se tenga en cuenta a la hora de efectuar los cálculos, puede introducir el valor “9” en el campo TIPO. De esta forma mantendrá el contenido introducido pero no será tenido en cuenta para calcular el resultado de la declaración.