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Renta 2016 y cláusulas suelo
04/05/2017

Impacto de las Cláusulas Suelo en Renta 2016

En plena campaña de Renta 2016… ¿Qué hacer con lo que te han devuelto de las Cláusulas Suelo?

Cláusulas Suelo

Muchos contribuyentes comienzan a plantearse está cuestión.

En este post, te ayudaremos a comprender, en cada caso, qué hacer con los importes que te ha devuelto la entidad bancaria durante el año 2016 por aplicación de las cláusulas suelo, y en relación con el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

El impacto en la declaración de la Renta puede proceder de varias situaciones. Bien de un acuerdo celebrado entre las partes, bien como consecuencia de una sentencia judicial o de un laudo arbitral.

Lo primero que debemos tener claro es que NO deben integrarse en la base imponible del impuesto:

  1. Ni las cantidades devueltas, fruto de acuerdos con las entidades bancarias (bien devolución en efectivo o a través de compensaciones).
  2. Ni los intereses indemnizatorios relacionados con los mismos.

Es decir, no deberemos incluir en la declaración del IRPF las cantidades percibidas como consecuencia de la devolución de los intereses pagados, ni los intereses indemnizatorios reconocidos.

 

Situaciones con las que nos podemos encontrar:

Veremos a continuación tres situaciones que se pueden dar, y que cada una dará lugar a un tratamiento distinto:

  1. En el supuesto de que el contribuyente hubiera incluido en declaraciones de años anteriores los importes ahora percibidos como gasto deducible respecto del rendimiento de un inmueble. Dará lugar a Declaraciones ComplementariasEn este caso, no deberá reflejar las cantidades percibidas en Renta 2016, pero sí deberá presentar declaraciones complementarias de todos los ejercicios minorando el importe de la deducción en la cantidad declarada y ahora devuelta. La declaración complementaria podrá presentarla, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno.
  2. Si el contribuyente percibe las cantidades mediante acuerdos con la entidad bancaria destinados a minorar su deuda hipotecaria. No deberá hacer nada. Ni incluirlo en la declaración de la Renta, ni realizar ninguna otra declaración. Ocurre cuando la entidad bancaria, en lugar de devolver al contribuyente las cantidades, se las reduce del principal del préstamo. En este caso, no habrá que regularizar. Solo tendrá que tener en cuenta que la reducción del principal que proceda en cada caso no dará lugar al derecho de aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual. 
  3. Cuando el contribuyente hubiera aplicado en su momento la deducción por inversión en vivienda habitual (tanto estatal como autonómica) por las cantidades percibidas ahora por la clausula suelo. Deberá incluirlo en la declaración de la Renta del ejercicio que corresponda a la devolución. Lo deberá hacer como explicamos a continuación.

 

¿Cómo incluimos en la Renta 2016 los importes devueltos por cláusulas suelo computados como deducción de vivienda habitual? 

Lógicamente, cuando nos devuelven las cantidades de la cláusula suelo que anteriormente habíamos aplicado como deducción, perderemos el derecho a dicha deducción. Se deberán declarar los importes deducidos en cada una de las declaraciones afectadas, en el ejercicio en que se haya dictado la sentencia, acuerdo o laudo con la entidad, pero hay que tener en cuenta que NO tendrá que incluir los intereses de demora.

Si procede la inclusión en la Renta 2016, estas cantidades irán a las casillas 524 y 526. No completaremos las casillas 525 y 527 correspondientes a los interesas de demora.

Resumiendo, solo en este caso, se tratará como normalmente se hace en los supuestos de pérdida del derecho a deducción por vivienda habitual, pero SIN incluir intereses de demora.

 

¿Cómo lo reflejamos en la aplicación Renta 2016 de Aplifisa

Tendremos que darlo de alta con la Marca 3 y/o 5 (según sea la deducción general o autonómica). Indicaremos que está exento de intereses y marcaremos la casilla “Por DA 45”.

Aplicación de Renta de Aplifisa
Aplicación de Renta de Aplifisa

 

Aplicación de Renta de Aplifisa
Aplicación de Renta de Aplifisa

 

Esperamos que con estas instrucciones os resulte más sencillo afrontar esta novedad de la campaña Renta 2016. Además, tiene un impacto considerable en numerosos contribuyentes. Y ahora, ¡todos a seguir con las rentas!

Beatriz Matilla.

 

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